El pasado mes de agosto el Ministerio de Transporte colombiano dio visto bueno a la reglamentación de los tricimóviles en el país, la cual tiene un año a partir de la fecha para su estructuración. El Área de Seguridad Vial de Cesvi Colombia desde su punto de vista técnico, comparte un análisis de los ítems relevantes del nuevo reglamento.

Durante las últimas dácadas, Colombia ha enfrentado varios retos en el transporte público generando grandes desafíos para las ciudades, en especial, aquellas que se expanden de manera apresurada. Los desplazamientos en las poblaciones ya sean grandes o pequeñas, supone un gran esfuerzo para las personas, más aún para los habitantes de pequeñas ciudades que no cuentan con un sistema integrado de transporte municipal; son estas las desventajas que involucran diversos y nuevos medios de transporte.

Hace 18 años, Bogotá le apostó al transporte masivo con TransMilenio el cual hoy en día cuenta con rutas que llegan a todas las localidades de la ciudad, sin embargo, esta red de transporte masivo no alcanza a llegar a donde los usuarios necesitan. Es por esto que nace el termino de transporte de última milla, que termina de conducir a los usuarios desde la gran red de transporte hasta sus hogares o trabajo.

Dentro las soluciones de transporte de primera y última milla, se tiene las rutas alimentadoras, el transporte convencional que aún funciona de manera muy reducida en la ciudad, los taxis y los tricimóviles también conocidos como bicitaxis, este último se ha acrecentado en los últimos años, brindando una solución al transporte que no alcanza a abarcar todas la necesidades.

Recientemente el Gobierno colombiano luego de varios meses de estudiar y socializar con la comunidad, reglamentó el funcionamiento de los tricimóviles en el país y publicó la resolución 3256 de agosto de 2018, por medio de la cual busca regular este tipo de transporte no motorizado y con pedaleo asistido, entendiendo que es una solución a una necesidad de la ciudadanía, pero que necesita ser controlado ya que supone un riesgo a la seguridad vial.

El Área de Seguridad Vial de Cesvi Colombia presenta un análisis de la nueva resolución, resaltando los aspectos más relevantes de la misma y evaluando cómo está la realidad actualmente, respecto a los ítems presentes en la futura normativa.

Condición general

Como se trata de un servicio de transporte de personas, la seguridad es primordial en cualquier consideración que se realice, y es el aspecto principal a tener en cuenta en el análisis de la resolución.

Dentro de las disposiciones generales es importante aclarar que los triciclos o tricimóviles no motorizados se refiere al vehículo no motorizado de tres ruedas, accionado por el esfuerzo físico del conductor por medio de pedales, poniendo de manifiesto el apoyo a la utilización de energías limpias, dejando claro el compromiso ambiental de la gestión.

Condiciones específicas

Se exige el uso de una plataforma tecnológica que permite la gestión, el control de la operación del servicio y la interacción de manera digital con los actores que intervienen en su prestación. Actualmente la herramienta no existe, sin embargo, esta supondría un orden en la prestación del servicio, permitiendo hacer trazabilidad al mismo, pero requiere de una organización de los prestadores de servicio.

Tricitaxis en barrio Tintal, circulan en contravía.

La prestación del servicio está limitada para vías de bajo flujo vehicular, la plataforma tecnológica será la herramienta que permita controlar esta regulación, ya que a la fecha se evidencian desplazamientos por vías de alto movimiento vehicular, como lo son la avenida Suba o la avenida Ciudad de Cali en Bogotá.

Tricitaxis en barrio Tintal, circulan por la vía peatonal

Otra regulación importante es la exigencia de la conformación de una persona jurídica que gestione el servicio de transporte, y serán las autoridades competentes las encargadas de autorizar la prestación del servicio; para esta autorización se deberá cumplir con requisitos establecidos en la resolución como, la utilización de la plataforma mencionada, la gestión de conductores y vehículos, que actualmente no se ejecutan.

En el capítulo 3 de la resolución se mencionan vehículos y conductores, en especial el tipo de vehículo apto para la circulación, el cual en la actualidad presenta características con motor de combustión, aspecto que difiere en la exigencia que establece unicamente vehículos no motorizados o con pedaleo asistido.

Así mismo se establece la necesidad de un plan de mantenimiento preventivo, donde se identifiquen los principales sistemas que deberán revisarse con una frecuencia no mayor a 6 meses; este tipo de iniciativas permiten ver que la resolución propende por la seguridad de los transportados, ya que los conductores de este tipo de vehículos manifiestan que el mantenimiento es solamente correctivo.

Un aspecto de vital importancia es la idoneidad de las personas que operan los vehículos, en la resolución se exige que los conductores de tricimóvil cuenten con licencia de conducción de categoría A1 o B1, además de una capacitación especial en conducción para este tipo de vehículos con una frecuencia semestral; actualmente la gran mayoría de conductores no cuentan con licencia de conducción al igual que adolecen de capacitación en seguridad vial, algo que sin lugar a duda se elogia en la resolución.

La resolución presenta unos lineamientos que sin duda generarán control, seguimiento y mejoramiento en el servicio que actualmente se presta, sin embargo, el ideal planteado en la resolución difiere en gran medida de la realidad actual de la prestación del servicio, adicionalmente los conductores de este tipo de vehículos infringen la normativa de tránsito actual, es por eso que el control sobre la prestación del servicio es necesario, pese a que la demanda por parte de los usuarios es alta, así como el nivel de exposición al riesgo.

Cada uno de los puntos tocados en la resolución están enfocados en la prestación de un servicio seguro, sin embargo, una vez se implemente a cabalidad la resolución se deberá pensar en la mejora continua y revisar que aspectos de la prestación serán susceptibles de mejorar y actuar, en concordancia desde la legislación.

Tricitaxis en barrio Tintal, circulan por la vía peatonal

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