El crecimiento del número de usuarios de la bicicleta viene acompañado de serias cifras de accidentalidad. Fuimos a las calles y encontramos conductas peligrosas.
Cuando se habla de la situación actual del tráfico en el país necesariamente se nos cruza por la cabeza la idea de los accidentes de tránsito. El Instituto Nacional de Medicina Legal recientemente publicó las cifras de accidentalidad en 2016 cuando, a pesar de los múltiples esfuerzos, hubo 45.256 heridos y 7.280 muertos en accidentes de tránsito.
Dentro de este abultado número, los ciclistas ocupan el cuarto puesto en materia de accidentalidad, detrás de los motociclistas, peatones y conductores de vehículos livianos. El año pasado murió poco más de un ciclista al día y resultaron heridos en total 2.748 ciclistas en este tipo de incidentes.
Aun cuando el número resulta mucho menor que otros actores viales, existen factores que hacen que la cifra resulte preocupante. Mundialmente hay una fuerza en aumento por el uso de tecnologías renovables y amigables con el medio ambiente pero resultan costosas, por lo que la bicicleta emerge como una solución económica y, si le sumamos los esfuerzos gubernamentales por incentivar el uso de este medio de transporte, nos encontramos con un vehículo en aumento.
¿Cuestión de actitud?
A pesar de sus bondades, desafortunadamente cuando se sale a la vía y se observa el comportamiento de algunos ciclistas, se encuentran las razones del número de accidentes que evidencian las estadísticas y, es más, surge una pregunta: ¿cómo no es mayor su número?
En la ciudad una gran cantidad de ciclistas que circula por las vías comete faltas a la reglamentación existente. Podría deberse a dos aspectos: primero, un desconocimiento total del Código Nacional de Tránsito (CNT); y segundo, al no haber control estricto de las bicicletas, sus conductores incumplen las normas toda vez que no llevan placas para ser registradas en una fotomulta y se movilizan a su antojo por cualquier parte.
Resulta fundamental que todos los actores viales conozcan el CNT porque en este documento se encuentran las “reglas de juego” para transitar en la vía. De hecho, en él se habla de los conductores y sus obligaciones sin discriminar qué tipo de vehículo conduce, es decir, que el cumplimiento de todo el código se aplica de igual forma a los ciclistas.
Rosario de perlas
Dentro de las malas conductas que más se ven en los ciclistas se encuentra el irrespeto a los semáforos y a los PARE, su ubicación dentro del carril, su tránsito en grupo, el porte de elementos de seguridad, el transporte de pasajeros y el desdén por la ciclorruta o bicicarril.
En cuanto a los semáforos, los ciclistas deben interpretarlos de la misma forma que lo hacen los demás conductores, es decir, no se deben cruzar en rojo.
De igual forma, la señal de PARE también les aplica a los conductores de bicicleta y se deben detener completamente ante ella.
Ni hablar de escudarse en que por ocupar un espacio inferior al de otro vehículo sobre la vía, esto no implica que le sea permitido al ciclista circular en contravía.
En el artículo 94 y 95 del CNT se indican normas específicas para las bicicletas; sin embargo, es importante señalar que se debe estar actualizando constantemente este tema. Por ejemplo, en octubre de 2016 se modificó el artículo 95 del código (ley 1811 de octubre de 2016) y el resultado es de suma atención:
Dice el nuevo texto que el tránsito de los ciclistas se debe hacer ocupando un carril y NO a un metro de la acera como lo era antes de octubre de 2016. Esto es una modificación importante y deben conocerla tanto los conductores de bicicleta como los de los demás tipos de vehículos y así poder respetar a los ciclistas.
Es importante resaltar que esto supone un encuentro en la vía entre vehículos que podrían circular a velocidades muy diferentes lo que, sumado a la insuficiente infraestructura vial, podría representar un alto riesgo de accidente.
Por otra parte, los ciclistas deben transitar uno detrás del otro y no al lado, como algunos de ellos suelen hacerlo. Esto garantiza el espacio de cada uno en caso de una maniobra de emergencia y evita que ellos ocupen más espacio del necesario en la calzada.
Un punto fundamental es el casco y elementos de protección personal del ciclista: no se deben dejar de portar los adecuados, en horas nocturnas deberán encender dispositivos en la parte delantera que proyecten luz blanca y, en la parte trasera, que reflecten luz roja.
Algo que se ve muy comúnmente es el transporte de pasajeros en este tipo de vehículos. Sin embargo, en el código se indica que no podrá hacerse a menos que sea “mediante el uso de dispositivos diseñados especialmente para él”, por lo que un pasajero sentado sobre el marco no es permitido.
Por último, aun cuando debería ser lógico, es algo que se omite con mucha frecuencia: cuando exista la ciclorruta o el bicicarril, los ciclistas deben utilizarla porque es un corredor vial exclusivo para ellos, que ofrece mayor seguridad y, en conjunto con una conducción preventiva, se aporta a la seguridad vial de todos.
Es necesario hacer referencia a la interacción del ciclista con los demás actores viales. Esta relación será más armónica siempre y cuando unos y otros conozcan muy bien sus obligaciones y respeten la normatividad vigente.
Tolerancia y comprensión con las limitaciones de cada actor hará que todos aportemos a que las estadísticas disminuyan y se logre cambiar la tendencia actual.◣
Bogotá D.C., 8 de septiembre de 2017
Agradezco esta valiosa información ya que como actor de la vía me compete y me hace aun más responsable de verificar que todos lo hagamos de la manera adecuada para disminuir el nivel de accidentalidad. Mil gracias. Carlos
existe un un concepto o respuesta del ministerio de transporte (20171120536021) donde es claro que el ciclista tiene la posibilidad
de transitar por la ciclorruta o ocupando el carril, aunque coexista la oferta de ambas infraestructuras….
feliz tarde