Cuando se encontraba en funcionamiento la expedición de las pólizas de Responsabilidad Civil y se había logrado la integración entre los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA), las compañías aseguradoras, el Registro Único Nacional de Transito (RUNT) y el Ministerio de Transporte, la Corte Constitucional mediante la sentencia C-470 de 2023 declaró la inexequibilidad de la normativa.
En enero de 2023 la entrada en vigencia de la Ley 2283 de 2023 causó controversia en los diferentes sectores al exigir en el artículo 6 que los CDA debían asumir el costo y suministrar una póliza con cobertura a los daños causados a terceros que ocasionaran los conductores de los vehículos particulares y motocicletas que hubieran tramitado ante el CDA la expedición de la revisión técnico mecánica.
Ante esta sorpresiva e impactante medida, los CDA argumentaron que la implementación de la normativa hacia inviable su modelo de negocio al generar pérdidas económicas y a que la carga de tener a disposición un seguro para cubrir daños a terceros recaía en cabeza del propietario del vehículo por deberse a circunstancias ajenas al objeto social que los CDA desarrollan.
- Lea gratis la Revista Auto Crash ed. 72 Aquí
Este argumento fue respaldado por la Federación de Aseguradores Colombianos (Fasecolda) al considerar que la normatividad generaría una disminución en los ingresos de los CDA y un desincentivo en el ejercicio de la actividad económica ya que serían vinculados a procesos de responsabilidad civil por accidentes de transito en los que su injerencia seria nula.
Asimismo, para Fasecolda la implementación de la medida generaría una afectación desproporcionada a los empresarios del sector y beneficiaria a propietarios de los vehículos particulares con una antigüedad mayor a 6 años frente a los propietarios de vehículos con una antigüedad menor por tener que sufragar su propio seguro de responsabilidad civil.
Para la Corte Constitucional la normativa afectaba el derecho a la libertad económica y a la libertad de empresa que garantiza el articulo 333 de la Constitución, al imponer a los CDA el deber de asumir bajo su costo y en beneficio de un tercero una póliza de Responsabilidad Civil que no tiene un nexo de causalidad con la actividad económica que desempeñan los centros.
En el estudio del caso que realizó el alto tribunal de justicia, determinó que al momento de su concepción la medida incluida en el articulo 6 de la Ley 2283 tenia la finalidad de incrementar el número de vehículos asegurados con pólizas que cubrieran los daños materiales a terceros debido a los altos índices de accidentalidad que enfrenta el país. Sin embargo, consideró que las medidas empleadas por el congreso para alcanzarlas exceden las posibilidades que le ofrece la Constitución para delimitar el derecho a la libertad económica.
Lo anterior, permite establecer que desde que se declaró la inexequibilidad, los CDA no se encuentran en la obligación de suministrar la póliza indicada y a que la finalidad de la normativa era abordar dos importantes problemáticas, incrementar el número de vehículos asegurados con una póliza con cobertura de Responsabilidad Civil Extracontractual y abordar las elevadas cifras de accidentalidad vial que al cierre del año 2023 representaron en el acumulado de enero a diciembre un total de 8.405 personas fallecidas en siniestros viales pese a haber presentado una disminución del 12% con respecto al año 2022 según lo informó la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Por consiguiente, desde el legislativo y el Gobierno Nacional deberán formular estrategias adicionales para lograr alcanzar las finalidades propuestas mediante la implementación de políticas que permitan un trabajo armonizado con el sector asegurador que beneficie la seguridad de las personas al conducir o al desempeñar su rol como actores viales ante las dos problemáticas identificadas la cual es constituida como una prioridad para el sector transporte.
Referencias
- https://www.runt.com.co/sites/default/files/Comunicado%20043%20 de%202023.pdf
- ttps://www.semana.com/nacion/articulo/tragico-panorama-en-las-vias-durante-semana-santa-se-han-reportado-mas-de-100-muertos-en-accidentes-de-transito/202413/
- https://www.corteconstitucional.gov.co/Relatoria/2023/C-499-23.
- htmhttps://mintransporte.gov.co/publicaciones/11585/en-2023-se-contuvo-el-fenomeno-de-la-siniestralidad-vial-en-colombia/
También le puede interesar:
Una visión a la Revisión Técnico Mecánica en Colombia. Estándares esenciales