Contextualizamos la problemática existente por la accidentalidad en las bicicletas en el país, a pesar de ser una solución ambientalmente aceptable para la movilidad.
Colombia es un país lleno de paradojas en las que a diario las vidas de sus ciudadanos transitan: dicen que en el país cafetero no sabemos tomar café, que en el país de más amplios páramos y recursos hídricos hay ciudades que sufren la carencia de acueducto, y que en el país de ciclistas por excelencia no sabemos montarlas.
Esta última paradoja se desprende al comparar los títulos internacionales desde la época de Cochise Rodríguez con las cifras de Medicina Legal de 2016, en las que constan 71 casos de ciclistas fallecidos en accidentes de tránsito (en promedio, más de uno a la semana), siendo este valor el más alto en la última década. Asimismo, 9 de cada 10 casos de ciclistas fallecidos en accidentes de tránsito fueron hombres.
De hecho, en el último año se han incrementado en un 18 por ciento los casos de ciclistas fallecidos en accidentes de tránsito, pasando de 60 casos en 2015 a los 71 mencionados.
Este estudio indica que las horas en las que se presenta mayor accidentalidad son entre las 6:00 y las 9:00 de la mañana (23 por ciento de los casos) y entre las 5:00 y las 8:00 de la noche (20 por ciento).
Bogotá Cómo Vamos, un “ejercicio ciudadano de seguimiento y monitoreo a los cambios en la calidad de vida de la ciudad y al Concejo de Bogotá DC” informó que las localidades donde más se presentan accidentes fatales y leves con ciclistas son Kennedy (18%), Engativá (14%), Suba (12%) y Bosa (9 %).
Con estos datos se evidencia que es relevante, en términos de accidentalidad, incrementar la infraestructura que incluya a la bicicleta, mejorar la calidad de las ciclorrutas existentes y la conectividad entre ellas, la seguridad que se proporciona a los biciusuarios y la reglamentación de la expedición de informes policiales que permitan mayor precisión en la medición de factores.
Realidad mundial de accidentalidad (por actor vial)
La mitad de todas las víctimas mortales ocasionadas por los accidentes de tránsito en las carreteras del mundo son peatones (22%), ciclistas (4%). y motociclistas (23%), es decir, los usuarios más vulnerables de las vías.
La probabilidad de que un motociclista, un ciclista o un peatón pierda la vida en la carretera varía en función de la región: con un 43%, África registra el mayor porcentaje de muertes de peatones y ciclistas del total de defunciones por accidentes de tránsito, mientras que esas tasas son relativamente bajas en la región de Asia Sudoriental.
Esto refleja, en parte, el nivel de las medidas de seguridad vial adoptadas para proteger a los diferentes usuarios de la vía pública y las formas de movilidad que predominan en las distintas regiones.
¿Cómo circulan los ciclistas por Europa?
La Comisión Europea tiene una normativa para la circulación de ciclistas basada en las normas de circulación básicas recogidas en la Convención de Viena:
– No deben viajar sin sujetar el manillar con una mano al menos, no deben ser remolcados por otro vehículo, y no debe transportar, remolcar o empujar objetos que obstaculizan su paso o pongan en peligro a los demás usuarios.
– Deben mantenerse a la derecha de la calzada (a la izquierda en el Reino Unido e Irlanda) y señalizar los cambios de dirección con el brazo.
– En principio, los ciclistas no pueden circular de dos en dos. Algunos países, sin embargo, establecen excepciones a esta regla. Por ejemplo, los ciclistas pueden viajar de dos en dos si la calzada es lo suficientemente ancha, si hay acumulación de tráfico de ciclistas, por el bicicarril, etcétera.
– Los ciclistas están obligados a utilizar los bicicarriles. No podrán, sin embargo, utilizar autopistas y carreteras similares.
– Al caminar empujando sus bicicletas, los ciclistas se clasifican como peatones y por lo tanto puede usar las aceras.
Por último, las normas que de la Comisión Europea hablan de la edad de acceso a la bicicleta como vehículo para rodar por vías públicas, según lo que establecen estos países:
Responsabilidad de todos
A todos debería aterrar ver a un ciclista pedaleando por la calzada de vehículos automotores cuando paralelo a él, a un par de metros, hay construido una ciclorruta o bicicarril. Por esta y otras imprudencias, la Policía de Tránsito impone, en promedio, 19 multas al día.
Según el informe de Bogotá cómo vamos, entre el 1° de enero del 2014 y el 1° de julio del 2015, existe en la Secretaría de Movilidad un registro de 24.698 comparendos impuestos biciusuarios como medio de transporte.
Este documento explica que la mayoría no cumple con las disposiciones del Código Nacional de Tránsito como circular por zonas prohibidas, no respetar semáforos o no portar los dispositivos luminosos requeridos por la ley.
Y si en 2015 la Policía de Tránsito impuso, en promedio, cada día seis multas a usuarios de bicicletas por imprudencias en las vías o ciclorrutas, el año pasado ese promedio se ha triplicó a las 19 mencionadas.
Normatividad colombiana con relación al uso de la bicicleta
La normatividad vigente en torno a la bicicleta está regida principalmente por el Código Nacional de Tránsito Terrestre y por algunos decretos y resoluciones adicionales.
Adicionalmente, en el Código Nacional de Tránsito constan normas que los ciclistas deben cumplir:
– Nunca deben utilizar los carriles destinados al uso del transporte público.
– Los conductores y sus acompañantes tienen que vestir chalecos o chaquetas que los hagan visibles para los demás conductores, entre las 6 de la tarde y las 6 de la mañana o cuando las condiciones climáticas o ambientales dificulten su visibilidad.
– Si conducen varios ciclistas en grupo, tienen que ir uno detrás del otro.
– No deben sujetarse de otro vehículo o viajar cerca de otro de mayor tamaño que lo oculte de la vista de los demás conductores.
– Tienen prohibido cruzar por la acera, lugares destinados al tránsito de peatones y por aquellas vías prohibidas por los agentes de tránsito.
– Están obligados conducir en las vías públicas permitidas, y, si existen, en aquellas diseñadas para ello.
– Deben respetar las señales de tránsito y las normas y los límites de velocidad.
– No deben adelantar a otros vehículos por la derecha o transitar entre carros y motos que van por sus respectivos carriles.
– Siempre tendrán que utilizar el carril libre a la izquierda del vehículo a sobrepasar.
– Si la bicicleta permite el tránsito de pasajeros, estos tienen que usar casco de seguridad, de acuerdo como lo fije el Ministerio de Transporte.
– No podrán transportar objetos que disminuyan su visibilidad o los incomoden en la conducción.
– Si se conduce en la noche, deben llevar prendidas una luz blanca en la parte delantera de la bicicleta y una luz roja en la parte trasera.
– Cuando se trate de ciclistas afiliados a las ligas de ciclismo o similares, cumplirán las normas que establezcan las organizaciones deportivas a cargo.
– El incumplimiento de estas normas, puede acarrear una sanción o comparendo pedagógico por parte de las autoridades locales. ◣